Mediante resolución de fecha 30 de junio del 2009, la Tercera Sala Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Lima dispuso la sustitución de la medida de detención preventiva interpuesta contra el procesado Rómulo León Alegría por la de comparecencia con restricciones- arresto domiciliario. El pronunciamiento del órgano colegiado, que reformó la decisión de primer grado, contó con los votos a favor de los magistrados Carranza Paniagua y Manrique Suarez, y el voto discordante del Presidente de la Sala, Ivan Sequeiros Vargas. Entre los argumentos esgrimidos por los magistrados que votaron a favor de la revocatoria de la medida de detención, destacan:
-El grado de arraigo del procesado (quien acaba de tener una hija)
-El antecedente de haberse sujetado en otra oportunidad integramente a un proceso penal por enriquecimiento ilícito (bastándo para ello con la medida de comparecencia)
-El hecho de que sus coprocesados, cuya situación jurídica es similar, cuenten con mandatos de comparecencia.
Actualmente, León Alegría es procesado como presunto Instigador de los delitos de Tráfico de Influencias y Corrupción de Funcionarios, además de cómplice primario del delito de Negociación Incompatible.
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