El Tribunal Constitucional, a través del expediente 02005-2009-AA, ha prohibido la distribución gratuita de la píldora del día siguiente por considerar que ésta afecta el derecho a la vida del concebido.
Entre otras cosas, en su fundamento número 53, la sentencia expresa que "Por lo anteriormente expuesto, y teniendo en cuenta, por un lado, que la concepción se produce durante el proceso de fecundación, cuando un nuevo ser se crea a partir de la fusión de los pronúcleos de los gametos materno y paterno, proceso que se desarrolla antes de la implantación; y, por otro, que existen dudas razonables respecto a la forma y entidad en que la denominada “Píldora del Día Siguiente” afecta al endometrio y por ende el proceso de implantación; se debe declarar que el derecho a la vida del concebido se ve afectado por acción del citado producto...".
Dentro de un contexto en el que se está debatiendo respecto a la despenalización del aborto (en algunas casos), les invitamos a leer la presente sentencia a fin de que puedan sacar sus propias conclusiones sobre su influencia en el actual debate.
http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2009/02005-2009-AA.html
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