miércoles, 3 de agosto de 2011

TELMO HURTADO Y LA HORA DE LA VERDAD: LA MASACRE DE ACCOMARCA (PARTE I)

"No se puede responsabilizar al
imputado de las muertes en Accomarca(...)
por cuanto el militar que las causa en pleno ejercicio
de sus funciones empleando las armas que la
Nación le ha confiado para su empleo y excediéndolo(sic) en
su uso indiscriminado tiene que considerarse como constitutivo
del delito de abuso de autoridad".
(Fragmento de la sentencia del Consejo de Guerra
Permanente de la 2º Zona Judicial del Ejército,
Caso Telmo Hurtado-Masacre de Accomarca,
Expediente No 1694-85. Fojas 3041 – 3045)


Intro

Uno de los eventos más dramáticos del sangriento conflicto que desató Sendero Luminoso, fue la masacre de Accomarca. Por alguna absurda razón (posiblemente la ausencia de un juicio de la misma magnitud que el de Fujimori), este caso no ha merecido la misma atención que las masacres de Barrios Altos y la Cantuta, pese a que la cifra de civiles muertos los supera largamente. Ahora que Telmo Hurtado acaba de ser extraditado, es probable que el caso recupere el interés de los medios.

Desde el punto de vista jurídico-penal, Accomarca plantea dos problemas muy interesantes: ¿es posible aplicar la regla de la imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad a un hecho ocurrido antes de la entrada en vigor de la norma que establece dicha regla? Más aun, ¿es posible calificar un delito como de “lesa humanidad” cuando éste se produjo antes de la promulgación de la norma que define lo que es un delito de lesa humanidad, sin violar el principio de legalidad? Intentaré dar una respuesta mínimamente satisfactoria a estas interrogantes en la segunda parte de este artículo. En ésta primera entrega, me interesa hacer algo bastante más importante que discutir teorías jurídicas: referirme, aunque sea rápido, a la masacre.

1.

El distrito de Accomarca se encuentra ubicado en la provincia de Vilcashuamán, departamento de Ayacucho, en la zona sur-central de nuestro país. Si hiciésemos un “zoom” progresivo en cada una de estas 3 localidades, obtendríamos la siguiente imagen:

La forma de conejo –símbolo de la buena suerte- que parece tener uno de los departamentos más golpeados por la pobreza y la violencia senderista, es una ironía cruel. Ayacucho conforma, junto con Moquegua, Apurímac y Huancavelica, el llamado “trapecio andino”: la zona de mayor pobreza crítica del Perú.

Creo que quise comenzar a contar esta historia ubicando brevemente a Accomarca en un lugar y un contexto determinados como una forma de aferrarme a la realidad. Tal vez una parte de mi todavía intenta creer que los hechos que voy a narrar a continuación son parte de una película de terror.

Pero no lo son.

Las fosas comunes repletas de los huesos calcinados de más de 50 cadáveres de comuneros (incluyendo hombres, mujeres y niños) que fueron encontradas en 1985 en Accomarca (y que han seguido apareciendo al menos hasta marzo del 2008) son reales.

Los cadáveres no se prenden fuego a sí mismos.

2.

La versión (resumida) de la CVR sobre la masacre (compartida en sus puntos esenciales por las organizaciones de Derechos Humanos[1]) es la siguiente: en agosto de 1985, las autoridades militares de Ayacucho se convencieron de la existencia de una “escuela popular” de Sendero Luminoso (SL) ubicada en la parte baja de Accomarca –quebrada de Huancayoc-. Decidieron organizar un operativo para “capturar y/o destruir a los elementos terroristas existentes”, el mismo que recibió el nombre de “Plan operativo Huancayoc”[2]. Básicamente, el plan consistía en enviar dos patrullas de aproximadamente 18 militares (patrulla “Lince 6” y patrulla “Lince 7”) a destruir la escuela popular. Las “escuelas populares” eran centros de adoctrinamiento y aprovisionamiento empleados por SL en su insania por conquistar el poder.

El subteniente EP Telmo Ricardo Hurtado Hurtado tenía 23 años (uno más que yo) cuando lo pusieron al mando de la patrulla “Lince 7” y le ordenaron ejecutar el Plan “Huancayoc”.

Aunque no justifica lo que pasó luego, este no es un dato menor. Dice mucho sobre la política antisubversiva del ejército y el gobierno en la época.

El 14 de agosto de 1985, la patrulla al mando de Hurtado ingresó a Accomarca y sacó a los comuneros de sus casas para reunirlos en una zona conocida como Hatunpampa. En este proceso, los militares dispararon contra 2 habitantes de la localidad, matándolos. Pese a que la propia CVR ha considerado en su informe que sí existió un campamento senderista en Accomarca entre 1983 y agosto de 1985, la patrulla no encontró material subversivo luego de buscar en las chozas de los pobladores. Entonces, por orden expresa del subteniente, las aproximadamente 50 personas (entre hombres, mujeres y niños) que estaban reunidas en Hatunpampa fueron llevadas por los militares a la casa de uno de los comuneros. Posteriormente, fueron divididas en 2 grupos e introducidas en ambientes separados.

Cuando terminaron de entrar, Telmo Hurtado le ordenó a su tropa abrir fuego a quemarropa contra ellos.

El propio Hurtado arrojó luego una granada contra estas personas, causando una explosión e incendiando los lugares donde estaban los cuerpos de las víctimas.

Debido al estado en que quedaron los cadáveres, no ha sido posible, hasta el día de hoy, determinar fehacientemente si las mujeres que estaban en el grupo de los 50 fueron, además, violadas por los soldados (tal y como afirman los supervivientes que pudieron escapar de la masacre). Por si esto fuera poco, efectivos del ejército regresaron después a Accomarca para matar a los testigos del hecho que encontraron, y es por eso que la cifra actual de muertos oscila entre 62 y 69.

3.

Poco se sabe sobre la versión de los hechos que ofrecen los imputados. Sin embargo, a lo largo de los muchos “procesos” ante el fuero militar que se le abrieron por el caso Accomarca, Telmo Hurtado realizó ciertas declaraciones claves. Por ejemplo, aquella en la que señala que se reunió en Lima con el general Wilfredo Mori y que, como producto de la reunión, aceptó asumir la responsabilidad del caso para no perjudicar la carrera de éste. O aquella otra, en la que señaló que el mismo general le encargó “limpiar” la zona antes de que la comisión investigadora nombrada por el congreso en 1985 llegase al lugar. “Limpiar” significaba eliminar cualquier vestigio que pudiese causarle problemas al ejército (Expediente No 1694-85. Fojas 3020 y vta.). En 1986, el propio Hurtado reconoció, ante el fuero militar, ser el único responsable de la masacre.

4.

El último hecho relevante del caso tiene que ver con lo que hizo el Estado Peruano (durante los gobiernos de los Sres. García y Fujimori) después de la masacre. Es cierto que hubo una comisión investigadora del Congreso en 1985, y que en algún momento un Fiscal militar planteó una acusación seria contra Telmo Hurtado en dicho fuero. Pero también son ciertos los siguientes hechos:

17/9/1985: El fuero militar abre proceso por la masacre contra Telmo Hurtado, por los delitos de “ABUSO DE AUTORIDAD y otros. Nota: el delito de abuso de autoridad estaba tipificado en el Código Penal de 1924 con una pena menor que, como es evidente, no reflejaba el desvalor del injusto que correspondía a un hecho como el de Accomarca. Los asesinatos, por regla general, nunca pueden ser considerados como “delitos de función”, pero una interpretación tendenciosa del fuero militar buscó y logró atribuirle esta categoría a la masacre, para poder así fundamentar, con el apoyo de la Corte Suprema de aquel entonces, su propia competencia.

10/1985: Luego de hallar 7 fosas con restos humanos en Accomarca, y mientras el proceso ante el fuero militar transcurría, el MP denunció a Telmo Hurtado y a otros oficiales de la Patrulla “Lince 7” por homicidio calificado, en el fuero civil. El proceso penal se inició ante el juez instructor ad-hoc Huamani. Sin embargo, ese mismo mes, el fuero militar promovió una contienda de competencia, que fue resuelta a su favor por la Corte Suprema, alegando la comisión de un delito de función. A raíz de esto, tuvimos a militares juzgando militares por el caso Accomarca, durante casi 10 años en este caso.

1986: Telmo Hurtado admitió ser el único responsable de lo que sucedió en Accomarca, en cumplimiento, dijo, de los procedimientos militares en la lucha contra el terrorismo. (Ver diario La República aquí).

15/10/1987: La Sala de Guerra de la 2º Zona Judicial absolvió a todos los procesados de las acusaciones más graves, y solo condenó a 4 años de prisión a Telmo Hurtado, por el delito de “abuso de autoridad”. Esta sentencia estaba tan mal fundamentada que fue anulada por el Consejo Supremo de Justicia Militar, que devolvió el caso a la segunda zona judicial del ejército para que se hicieran mayores investigaciones

28 /2/1992: El Consejo de Guerra Permanente de la Segunda Zona Judicial del Ejército ABSOLVIÓ a Telmo Hurtado de los delitos de homicidio calificado, negligencia y desobediencia, y lo condenó como autor del delito del abuso de autoridad a la draconiana pena de…. 6 años de prisión. (Sin comentarios)

24/2/1993: El Consejo Supremo de Justicia Militar CONFIRMÓ la sentencia anterior.

14/6/1995: Se publican las leyes de amnistía para personal militar, policial y civil. Telmo Hurtado se acoge a éstas, consiguiendo así su liberación pese a lo irrisorio de la pena que le habían impuesto.

Tuvieron que pasar 16 años para que las víctimas del caso pudiesen acceder a un tribunal verdaderamente imparcial. En el 2002, en una sentencia histórica, la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró inadmisibles las disposiciones de amnistía, las disposiciones de prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad que pretendan impedir la investigación y sanción de los responsables de las violaciones graves de los derechos humanos. Ello obligó al fuero militar a anular la resolución que favorecía a Hurtado, lo que permitió iniciarle un nuevo proceso, esta vez en el fuero civil, desde el año 2005, ante el 3er Juzgado Supranacional, el mismo que sigue su curso en la actualidad. En el 2007, Telmo Hurtado fue capturado por la justicia norteamericana. Algo que pocos saben es que algunas de las víctimas demandaron en U.S.A por la vía civil a Hurtado y así, en marzo de 2008, la Corte Federal de Miami sentenció a Telmo Hurtado a pagar la suma de 37 millones de dólares a favor de Teófila Ochoa y Cirila Pulido, ambas sobrevivientes de la masacre de Accomarca.

El pasado 15 de julio, Hurtado fue extraditado a Perú para responder, finalmente, por la masacre de Accomarca. Para él y para todos los involucrados en el proceso, ha llegado la hora de establecer, de una vez por todas, quiénes son responsables de lo ocurrido en esta localidad (los cadáveres no se prenden fuego a sí mismos): la hora de la verdad.

Por: José Arrieta Caro

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[1] Ver la web de aprodeh: http://www.aprodeh.org.pe/sem_verdad/memoria/accomarca01.htm y la de la asociación de familiares afectados por la violencia política en accomarca: http://www.accomarca.org/masacre-de-accomarca/la-masacre-de-accomarca

[2] Para una versión mucho más detallada de la versión del plan ofrecida por la CVR, que aquí se omite por razones de espacio, ver: http://www.cverdad.org.pe/ifinal/pdf/TOMO%20VII/Casos%20Ilustrativos-UIE/2.15.%20ACCOMARCA.pdf. La CVR consignó los nombres de todos los militares presuntamente involucrados tanto en la gestación del plan, como en la toma de decisión y ejecución del mismo.







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